La única frontera terrestre de la España peninsular

Hacía tiempo que tenía previsto escribir una entrada sobre Gibraltar. Algunos de los seguidores me lo habían pedido, sabiendo que por cercanía y por ser natural de la frontera mi opinión puede diferir de lo que se conoce generalmente en España. Quería hacerlo para el 13 de julio, 300 aniversario del tratado, pero la verdad es que la actualidad ha hecho que lo retrase un poco. Voy a intentar dar mi opinión aunque no sea políticamente correcta. Así que esta vez, igual me sale un poco largo. Creo que la ocasión lo merece.
Gibraltar pasó a dominio Británico en 1713, después de la guerra de sucesión entre Felipe de Borbón y el Archiduque Carlos de Austria. Esta guerra se produjo al morir Carlos II sin descendencia, y apoyar la Corona de Castilla al pretendiente francés al trono (heredero por testamento) y la de Aragón al pretendiente austríaco (heredero por parentesco, lejano, pero parentesco a Carlos II). Esta guerra en sí mismo merecerá una entrada de este blog, así que vamos a dejarla ahí por ahora.
En 1713 se reconoció a Felipe V como Rey de España por las potencias europeas, mediante el tratado de Utretch, en la que, para que lo reconocieran como tal, el rey español cedió ciertas posesiones: las europeas y dos históricas españolas: Gibraltar y Menorca. En el tratado, se dice literalmente en su artículo X que “El Rey Católico, por sí y por sus herederos y sucesores, cede por este Tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen, dando la dicha propiedad absolutamente para que la tenga y goce con entero derecho y para siempre, sin excepción ni impedimento alguno.”
Pero como hace 300 años, ya se veía la naturaleza de los de esta tierra y lo que se esperaba, se establecía en el propio tratado que se cedía “sin jurisdicción alguna territorial y sin comunicación alguna abierta con el país circunvecino por parte de tierra.”  O sea, sin frontera, “para evitar cualquiera abusos y fraudes en la introducción de las mercaderías”.
Pero claro, eso podría significar que los gibraltareños podrían tener problemas de suministros de comida, así que se estableció que era posible comprar provisiones en España, pero sólo para “comprar a dinero de contado”, así que nada de créditos ni nada parecido, dinero contante y sonante. Y además, desde el propio tratado pena el contrabando “serán castigados severamente los culpados”.
Es curioso lo avispado que eran los reyes de la época, parece que nos están hablando a 300 años después. Pero claro, el tratado de Utretch estaba escrito en otro tiempo y aparecen cosas, hoy en día imposibles de cumplir, como por ejemplo que “ni judíos ni moros habiten ni tengan domicilio en la dicha ciudad de Gibraltar, ni se dé entrada ni acogida a las naves de guerra moras en el puerto de aquella Ciudad”, salvo “los moros y sus naves que sólo vienen a comerciar.” Y por supuesto, permitiría la religión católica. No podía ser de otra manera.
Y por último, como el Madrid, la opción de recompra: “Si en algún tiempo a la Corona de la Gran Bretaña le pareciere conveniente dar, vender, enajenar de cualquier modo la propiedad de la dicha Ciudad de Gibraltar, se ha convenido y concordado por este Tratado que se dará a la Corona de España la primera acción antes que a otros para redimirla.”
Bueno, pues parece claro, no podía haber frontera y además es legítimamente británico (ojo, que no inglés) y además, Gibraltar no puede ser independiente, dado que en su caso, debería volver a ser español, por el propio tratado.
Efectivamente no hubo frontera propiamente dicha hasta hace bastante poco. Hasta 1941, en la que la ciudad fue evacuada en la II Guerra mundial y se ocupó “temporalmente”, autorizado por Franco, la zona neutral, que es el itsmo que unía la Línea y Gibraltar. Ahora mismo esa zona es el aeropuerto y su zona de embarque. Y apareció la frontera, contraviniendo el propio tratado.
Otra cosa que está muy en boga ahora mismo, es el tema de las aguas. En el tratado de Utretch no se menciona nada de las aguas, pero claro, eso hay que verlo en su contexto. En la época que se firmó el tratado de Utretch, Inglaterra y Holanda sostenían la existencia de un mar libre, sin jurisdicción y España y Portugal se reservaban el derecho total sobre todos los mares. En ese contexto, ¿para qué se va a poner nada en el tratado? Evidentemente no tenía sentido. Sin embargo, en esa misma época comenzaron a salir tesis que permitían mezclar las dos posturas. La tesis, de Cornelio Van Bynkershoek en el siglo XVIII fue una mezcla: la parte próxima a la costa sería aguas pertenecientes al país y a partir de ahí, aguas libres. No fue hasta 1718 (5 años después del Tratado de Utretch) cuando se reconocieron mediante los Hovering Acts no se reconocía un terreno de jurisdicción por parte de Inglaterra (hasta entonces partidaria del mar libre) y hasta 1782 no se fijaron una distancia concreta. Esa distancia fue de 3 millas náuticas y se conocía como la regla del cañón, que era lo que una bala de cañón podía recorrer. Esta regla fue rápidamente acogida y fue reconocida por todos los países. Sin embargo se hacía de facto y sin regulación alguna. como ejemplo decir que los EEUU no manifestaron su legitimidad sobre las aguas hasta ¡1945! cuando el presidente Harry S. Truman lo manifestó.
La distancia actual de soberanía de 12 millas náuticas de soberanía y 200 de aprovechamiento económico exclusivo es de la convención sobre los derechos del mar de 1982, así que un poco alejado al tratado de Utretch, por lo que la reclamación de Gibraltar sobre sus aguas puede entenderse como cierta.
Así que en 1713, Gibraltar pasó a manos británicas, y su población se repartió por la zona, creándose 4 poblaciones, hoy bien conocidas: Algeciras, La Línea, Los Barrios y “La ciudad de San Roque, donde reside la de Gibraltar”, nombre íntegro de San Roque. Mira por donde que mi tierra existe gracias a Utretch, algo bueno tenía que tener.
De todas formas, lo que más me llama la atención es cómo se intentan hacer debates sobre un texto claramente obsoleto. Es evidente que no tiene sentido impedir la residencia de moros y judíos, como tampoco tiene sentido impedir el comercio y el tránsito entre Gibraltar y España y que sólo se pague en dinero en efectivo en los tiempos que corren. Es evidente que el tratado ha quedado atrás y que la única solución pasa por firmar un nuevo tratado entre España y Gran Bretaña (Gibraltar no tiene nada que decir) más adaptado a los tiempos, basándose en el espíritu del tratado, en la que España tiene derechos sobre Gibraltar en el caso de que Gran Bretaña quiera desprenderse de ellos. Ahora mismo, tal como sospechaban los reyes que firmaron el tratado, es un paraíso fiscal y foco de contrabando y ese es su gran problema y lo que la UE debe ayudar a eliminar.
Eso sí, mientras tanto, la única frontera terrestre que tiene España en la península debe portarse no sólo como tal, sino como frontera entre un espacio Schengen y un espacio exterior, basándose en toda la reglamentación comunitaria, igual que se fija en las fronteras de los puertos y los aeropuertos con otros terceros países.

2 Thoughts to “La única frontera terrestre de la España peninsular”

  1. ¿La única frontera terrestre que tiene España en la península? ¿Lo de Portugal no es una frontera?

  2. No, Puli, desde el acuerdo de Schengen, los paises adscritos al tratado no tienen fronteras interiores sólo divisiones administrativas. Es equivalente a la división de las comunidadeds autónomas, solo que a nivel europeo y con más cambios legislativos.

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